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Las organizaciones feministas y las convencionales constituyentes lograron que el futuro texto constitucional contenga normas que, por primera vez en nuestra historia, reconocen la importancia de las labores de cuidado y el derecho a cuidar.
Por Luz Reidel, abogada de Corporación Humanas
La primera Encuesta Nacional del Uso del Tiempo (2015), evidenció una realidad conocida en lo privado de los hogares, pero poco o nada reconocida públicamente hasta ese momento: las labores de trabajo doméstico, y de cuidados no remuneradas, recaen de manera desmedida sobre los hombros de las mujeres. En promedio, las mujeres dedican 5,89 horas al día a estas labores, más del doble que los hombres, que sólo dedican a ello 2,74.
En promedio, las mujeres dedican más del doble de horas que los hombres al trabajo doméstico.
Pese a que estas labores son indispensables para el desarrollo de todas las personas, las familias, comunidades y, en definitiva, de la sociedad, hasta ahora nuestra legislación y políticas públicas no se han hecho cargo de fomentar de manera efectiva la redistribución de estas tareas, ni de erradicar los estereotipos y roles tradicionales de género que dan lugar a esta desproporción.
Hasta ahora nuestra legislación y políticas públicas no se han hecho cargo de fomentar de manera efectiva la redistribución de estas tareas.
Las organizaciones feministas y de mujeres, y las convencionales constituyentes que gracias a la regla de paridad han participado de la redacción de la nueva Constitución, lograron que el futuro texto constitucional contenga en su borrador normas que reconocen la importancia de las labores de cuidado y el derecho a cuidar, a ser cuidados y a cuidarse.

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De esta forma, se establecen obligaciones concretas para que el Estado resguarde los derechos de quienes ejercen estas tareas, sin que esto perjudique sus posibilidades de desarrollo.
Así, por ejemplo, se propuso la creación de instituciones como el Sistema Integral de Cuidados que “velará por el resguardo de los derechos de quienes ejercen trabajos de cuidados”, o el mandato al Sistema de Seguridad Social, que “asegurará la cobertura de prestaciones a las personas que ejerzan trabajos domésticos y de cuidados”.
Este reconocimiento es necesario, pero no es suficiente, pues es fundamental que, junto con asegurar derechos a quienes cuidan, las tareas de cuidado sean redistribuidas, de modo que hombres y mujeres las asuman de manera equitativa, equiparando así sus posibilidades de participar en otras esferas de desarrollo. Esto ha sido recogido también por el borrador de la nueva Constitución, cuyas normas reconocen y protegen las labores de cuidado sin relacionarlas a un género en particular, e imponiendo al Estado la obligación de proveer los medios para que estas tareas sean realizadas “en condiciones de igualdad y corresponsabilidad”.
Para que este reconocimiento y redistribución se hagan efectivas es necesario contar con datos actualizados. A principios de mayo los Ministerios de la Mujer y Equidad de Género, Economía, y el Instituto Nacional de Estadísticas, presentaron el plan de trabajo y ejecución de la segunda Encuesta Nacional de Uso del Tiempo, que debió realizarse el año 2020, y que permitirá conocer el estado actual de la distribución del trabajo no remunerado, y el efecto que tuvo la pandemia sobre la distribución de tareas domésticas y laborales, siendo un insumo fundamental para llevar a la práctica las normas contenidas en la futura Constitución.